Números 30

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Números 30 – El cumplimiento de los votos

A. La obligación de cumplir los votos.

1. (1) Moisés habla a los príncipes de las tribus.

Habló Moisés a los príncipes de las tribus de los hijos de Israel, diciendo: Esto es lo que Jehová ha mandado:

a. Habló Moisés a los príncipes de las tribus: Esta instrucción fue dada a los líderes de las tribus de Israel para que se la comunicaran a todos los demás en Israel.

2. (2) El mandato del Señor con respecto a los votos.

Cuando alguno hiciere voto a Jehová, o hiciere juramente ligando su alma con obligación, no quebrantará su palabra; hará conforme a todo lo que salió de su boca.

a. Cuando alguno hiciere voto a Jehová: Un voto hecho a Dios no es algo insignificante. Dios ordenó que su pueblo tuviera cuidado de guardar sus votos y de cumplir todo juramento que hicieran. Salmos 15:4 describe al hombre piadoso como aquel que «aun jurando en daño suyo, no por eso cambia».

i. «Los votos tomaban la forma de una promesa a Dios, usualmente un sacrificio, o un ofrecimiento de abstenerse de algo». (Wenham)

ii. Algunas personas creen, frecuentemente basados en Mateo 5:34-37, que los votos o juramentos no son permitidos en el pueblo de Dios hoy día. Pero lo que Jesús dijo en el Sermón del Monte con respecto a los juramentos fue para enfatizar en decir la verdad y ser honestos, no una prohibición absoluta de todo juramento. La Biblia nos muestra que los juramentos están permitidos en determinadas circunstancias si no se abusa de ellos ni se utilizan como enmascaramiento para cubrir el engaño.

·El mismo Dios hace juramentos: Hebreos 6:13 y Lucas 1:73.

·Jesús habló bajo juramento en un tribunal: Mateo 26:63-64.

·Pablo hizo juramentos: Romanos 1:9; 2 Corintios 1:23; Gálatas 1:20; 1 Tesalonicenses 2:5.

iii. Wenham señala que los juramentos son hechos a menudo por personas en la Biblia (como en Génesis 28:20-22; Números 21:2; Jueces 11:30 y ss.; 1 Samuel 1:11, 14:24; Jonás 1:16, 2:9; Hechos 18:18, 21:23), a veces como una súplica para buscar ayuda de parte de Dios. Wenham también señala la tendencia común: «Pero cuando la crisis pasa y la oración es contestada, existe la tentación de olvidar el voto».

iv. Cuando alguno hiciere voto a Jehová: John Trapp observó que esto muestra que «Dios es el objeto apropiado de un voto»; no ángeles o santos. En palabras de Trapp, hacer votos que no sean a Dios «es sacrilegio; sí, es idolatría».

b. No quebrantará su palabra; hará conforme a todo lo que salió de su boca: Debido a que Dios nos hace responsables de los votos que hacemos, a veces es mejor no hacer un voto (Eclesiastés 5:4-5).

i. No quebrantará su palabra: «En hebreo, no contaminar o profanar su palabra, como la misma frase es usada en Salmos 55:20, 89:34; es decir, no es hacer su palabra y, consecuentemente, actuar profana, despreciable y vilmente a los ojos de otros». (Poole)

ii. Un pecado comúnmente pasado por alto y no apreciado entre el pueblo de Dios es el pecado de los votos rotos; o sea, prometer cosas a Dios y no cumplir con el voto. Bajo el antiguo pacto, se ordenaba hacer una ofrenda para expiar la ruptura de los votos (Levítico 5:4). Por lo tanto, los que honran a Dios:

·No se apresurarán a hacer votos a Dios, especialmente votos imprudentes.

·Serán serios en el cumplimiento de los votos que hagan.

·Considerarán los votos rotos como pecados que deben ser confesados y de los cuales deben arrepentirse.

iii. Hay un voto regular que todos podemos y debemos hacer: el voto de alabar a Dios:

·«Sobre mí, oh Dios, están tus votos; te tributaré alabanzas» (Salmos 56:12).

·«Así cantaré tu nombre para siempre, pagando mis votos cada día» (Salmos 61:8).

B. Votos que no son vinculantes.

1. (3-5) Una mujer joven bajo la autoridad de la casa de su padre.

Mas la mujer, cuando hiciere voto a Jehová, y se ligare con obligación en casa de su padre, en su juventud; si su padre oyere su voto, y la obligación con que ligo su alma, y su padre callare a ello, todos los votos de ella serán firmes, y toda obligación con que hubiere ligado su alma, firme será. Mas si su padre le vedare el día que oyere todos sus votos y sus obligaciones con que ella hubiere ligado su alma, no serán firmes; y Jehová la perdonará, por cuanto su padre se lo vedó.

a. Mas la mujer, cuando hiciere voto a Jehová: Este mandamiento se refiere a una mujer joven y soltera, que aún vive con sus padres (en casa de su padre, en su juventud).

b. Y su padre callare a ello, todos los votos de ella serán firmes: Los votos de una mujer joven en tales circunstancias estaban sujetos a la revisión o aprobación de su padre. Él podía aprobar su voto por silencio, entendiéndose el silencio como acuerdo.

i. Significativamente, las mujeres podían hacer votos y tener un trato directo con Dios. Incluso las mujeres jóvenes (con la aprobación de su padre) podían hacer promesas a Dios, por ejemplo, prometerle ofrendas, o prometer temporadas de abnegación al Señor. «El mero hecho de que las mujeres hicieran votos en esta época antigua es un paso de gran importancia». (Allen)

c. Mas si su padre le vedare el día que oyere todos sus votos […] no serán firmes: El padre de una joven también tenía el derecho de desaprobar los votos de su hija y declararlos inválidos.

2. (6-8) Los votos de una nueva esposa anulados por su marido.

Pero si fuese casada e hiciere votos, o pronunciare de sus labios cosa con que obligue su alma; si su marido lo oyere, y cuando lo oyere callare a ello, los votos de ella serán firmes, y la obligación con que ligó su alma, firme será. Pero si cuando su marido lo oyó, le vedó, entonces el voto que ella hizo, y lo que pronunció de sus labios con que ligó su alma, será nulo; y Jehová la perdonará.

a. Pero si fuese casada: La mujer mencionada en los versículos 3-5 ahora se considera como si se hubiera casado. En tal caso, su nuevo marido tenía derecho a aprobar sus votos y podía aceptarlos con su silencio (y cuando lo oyere callare a ello).

i. Pero si fuese casada: «Sugiere que la mujer podría haber hecho un voto y posteriormente haberse casado. Que pueda liberarse de tal voto es muy alentador tanto para ella como para su marido. Es posible que él no quiera asumir una obligación que ella ha contraído antes de casarse. Se trata de una cláusula de protección». (Allen)

ii. «Cuando ella se casa, es trasladada a la casa de su marido (Rut 1:9)». (Poole)

b. Pero si cuando su marido lo oyó, le vedó […] será nulo: Si un marido se oponía a los votos hechos por su esposa, tenía el derecho de anularlos. Dios consideraba a la esposa liberada de tales votos desaprobados (Jehová la perdonará).

i. Si cuando su marido lo oyó: «Aquí se da a entender que el día o el tiempo que él tenía para desautorizar su voto no debía contarse desde que ella hizo el voto, sino desde que él oyó o supo de su voto». (Poole)

ii. «El marido, como la figura de autoridad masculina en la relación, puede elegir entre varios cursos de acción: (1) permitir que el voto o juramento permanezca en vigor por defecto: ninguna acción; (2) negar la obligación; o (3) afirmar el compromiso de palabra o de hecho». (Cole)

3. (9) Una viuda o una mujer divorciada está obligada por sus votos.

Pero todo voto de viuda o repudiada, con que ligare su alma, será firme.

a. Todo voto de viuda o repudiada: Aquí se considera el caso de una mujer que no estaba ni en la casa de su padre (como en los versículos 3-5), ni casada (como en los versículos 6-8).

i. Es significativo que la viuda y la repudiada tengan el mismo estatus en cuanto a la emisión de votos. «Algunas personas afirman que el divorcio en tiempos bíblicos era solo una cierta ficción legal, que la mujer siempre debía ser considerada la esposa del marido que la había repudiado […]. Sin embargo, este versículo indica claramente que una mujer divorciada […] tiene el estatus legal de una viuda (almanah). Se ha convertido en un agente independiente. Como la viuda, su antiguo marido está en cierto sentido “muerto’ para ella”». (Allen)

b. Con que ligare su alma: Tales votos hechos por una mujer que no vivía con sus padres y no estaba casada con un marido se consideraban vinculantes. Cualquier voto que ella haya hecho será firme.

i. «Una mujer que ya no estaba bajo la autoridad patriarcal de su padre o de su marido, ya fuera por su muerte o por divorcio, poseía el mismo estatus y responsabilidad de un hombre con respecto a los votos y obligaciones». (Cole)

4. (10-16) El voto de una esposa confirmado por su esposo.

Y si hubiere hecho voto en casa de su marido, y hubiere ligado su alma con obligación de juramento, si su marido oyó, y calló a ello y no le vedó, entonces todos sus votos serán firmes, y toda obligación con que hubiere ligado su alma, firme será. Mas si su marido los anuló el día que los oyó, todo lo que salió de sus labios cuanto a sus votos, y cuanto a la obligación de su alma, será nulo; su marido los anuló, y Jehová la perdonará. Todo voto, y todo juramento obligándose a afligir el alma, su marido lo confirmará, o su marido lo anulará. Pero si su marido callare a ello de día en día, entonces confirmó todos sus votos, y todas las obligaciones que están sobre ella; los confirmó, por cuanto calló a ello el día que lo oyó. Mas si los anulare después de haberlos oído, entonces él llevará el pecado de ella. Estas son las ordenanzas que Jehová mandó a Moisés entre el varón y su mujer, y entre el padre y su hija durante su juventud en casa de su padre.

a. Si hubiere hecho voto en casa de su marido: Los versículos 6-8 contemplan los votos que una mujer recién casada llevaba a su matrimonio. Los versículos 10-15 se refieren a los votos hechos por una mujer casada. Como antes, si el esposo confirmaba el voto de su esposa (ya sea por silencio o por aprobación específica), entonces él era responsable de asegurarse de que el voto se cumpliera (él llevará el pecado de ella).

i. «Ana, la madre de Samuel, proporciona un ejemplo clásico de una mujer que tomó sobre sí un voto nazareo de dedicación y abnegación, que Elcana, su marido, permitió que se cumpliera al no tomar ninguna medida. Su voto se completó cuando presentó a su hijo al sacerdote Elí para el servicio del Señor y ofreció sacrificios de becerro, harina y vino (1 Samuel 1:3-28)». (Cole)

ii. Él llevará el pecado de ella: Esta expresión «significa que él sufrirá por el voto quebrantado como si fuera suyo». (Wenham)

b. Todo voto, y todo juramento obligándose a afligir el alma, su marido lo confirmará, o su marido lo anulará: Esta era una aplicación del principio de jefatura. Cuando Dios declara a alguien en una posición de autoridad legítima y se espera que otros se sometan a esa autoridad, la cabeza es responsable ante Dios por el resultado. Cuando Dios concede autoridad, Él también ordena rendición de cuentas.

i. «Estas regulaciones establecen la jefatura del padre y del marido en lo que respecta a los asuntos que pertenecen a la religión. Y su importancia radica en que no se permite ninguna intromisión del sacerdote […] el padre o el marido eran cabeza de familia y juez. No se consiente ninguna interferencia oficial». (Watson)

ii. «Son de la mayor importancia, ya que revelan la concepción divina de la necesidad de mantener la unidad de la familia. En ninguna familia debe de haber dos autoridades supremas; y aquí, como siempre en el arreglo divino, la jefatura se confiere al marido y al padre. Se puede ver fácilmente cómo, si esto no fuera así, a través de los votos religiosos y la discordia probablemente se producirían trastornos en la vida familiar. La medida en que la sociedad moderna se ha apartado de este ideal, es la medida de su inseguridad». (Morgan)

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